sábado, 14 de mayo de 2011

Modificaciones del Reglamento de Armas

Bueno, pues tal como se suponía por casi todo el mundo, este Gobierno ha sacado un nuevo borrador correspondiente a las modificaciones al Reglamento de Armas.
Parece ser que han tenido efecto la multitud de alegaciones que se presentaron al borrador elaborado en Diciembre del 2.010 y el 8 de Abril de 2.011 se publica en el BOE la siguiente disposición:
 Resolución de 6 de abril de 2011, de la Subsecretaría del Interior, por laque se acuerda la apertura del trámite de audiencia a los interesados en la elaboración del Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero”.
La publicación se realiza en el BOE del día 8 de Abril y da un plazo de diez días hábiles para  trámite de audiencia y se formulen alegaciones a dicho borrador. Según esto, el día 10 de mayo, salvo error, se termina dicho trámite. Que yo sepa, estamos a 12 de Mayo, nadie relevante, ha formulado alegaciones de ningún tipo.
Se produce esta Resolución antes de las elecciones municipales del día 22 de Mayo. Todos los gobiernos son proclives, este lo es especialmente, a conceder a los ciudadanos prebendas en momentos previos a unas elecciones; es la continua búsqueda de votos que te aseguren la permanencia en un puesto de “trabajo”, si se le puede llamar así. La política se ha profesionalizado y dentro de los partidos la imaginación se desborda para continuar chupando la “sopa boba” de turno.
Es el defecto gordo, que nadie ve, de esta democracia en la que todo el mundo se cree con derecho a “mamar” de la teta del estado  sin trabajar. Las dictaduras tienen multitud de defectos, yo por supuesto no soy partidario de ellas en absoluto. Pero en ellas sólo chupan “veinte” y en las democracias son “doscientos”. Claro, somos tan tontos, que nos creemos que los que nos gobiernan han sido elegidos por nosotros, cuando en realidad los que manejan el cotarro permanecen en segunda o tercera fila obligando al gobierno de turno a hacer sus conveniencias, le pese a quien le pese. Para más INRI, nos empeñamos en seguir votando a los que repetidamente, una vez tras otra, de forma reiterada, nos llevan a una degradación total.
Para constatar lo anterior basta analizar la historia española, no sólo la inmediata, si no los siglos XIX y XX completos y lo que llevamos del XXI: comenzando por un inútil al que denominamos “El Deseado” y terminando por otro parecido al que la historia le pondrá el calificativo correspondiente.
Dice el Gobierno, mejor dicho el legislador, que esta modificación, la segunda, al Reglamento de Armas vigente, se tramita con carácter urgente, para incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2008/51/CE, cuyo plazo de transposición finalizó el pasado día 28 de julio de 2010.
En esta Directiva, en el Anexo I, apartado  II.A,  Categoría B - Armas de fuego sujetas a autorización, 5, dice textualmente:
“Las armas de fuego largas semiautomáticas cuyo depósito de munición y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos, cuyo cargador no sea inamovible o en relación con las cuales no se garantice que no puedan  ser transformadas, mediante herramientas corrientes, en armas cuyo depósito de munición y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos”
Este párrafo correspondiente a la Directiva era el que había que haber incorporado a nuestra legislación, y de hecho se intenta en el primer borrador cuyo «Artículo 5.a), dice textualmente:
Armas prohibidas a particulares. 1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:
a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2.ª (Rifles repetidores para caza mayor) y 3ª,2 (escopetas repetidoras)  cuya culata sea plegable o eliminable. También comprenderá esta prohibición a las armas semiautomáticas de dichas categorías que teniendo una capacidad superior a tres cartuchos, incluido el alojado en la recamara, su cargador sea extraíble o movible o, aún siendo inamovible, no se pueda garantizar que con herramientas normales pueda ser transformada a una capacidad superior.
La diferencia entre la Directiva y el primer borrador resulta evidente y significativa: la Directiva habla de armas “sujetas a autorización”, mientras que el borrador dice textualmente Armas prohibidas a particulares”.
Bastaba con que en el segundo borrador se hubiera copiado literalmente la Directiva, sin problemas, ya que las armas que tenemos los cazadores están sujetas, y bien sujetas, a la correspondiente autorización. Por el contrario en el segundo borrador se suprime literalmente el artículo anterior, quedando como estaba en el anterior Reglamento, vigente actualmente
La razón de que no se haya transcrito,  habría que preguntárselo a  los legisladores, que evidentemente han optado por no estrujarse la sesera y dejar la cosa como estaba.
Igual, o parecido, sucede con el permiso de rifle del calibre .22 permitido en la licencia del cazador y también con la polémica  respecto de la edad mínima del cazador para poder tener licencia de armas.
Todo queda exactamente igual que en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero. Así que,  de  transposición de la norma de la UE a la legislación española, “nada de nada”.
Eso si, al primer borrador se le pusieron todas las alegaciones del mundo, siendo innumerables asociaciones, federaciones y otros organismos implicados en el mundo de la caza, los que levantaron las campanas al vuelo usando ese “arma” tan moderna como son la “Redes Sociales” y el “Internet”. ¿Y todo, porqué? Pues sencillamente, porque todas estas modificaciones, las cuales afectaban poco al cazador normal, afectaban muy y mucho a la venta de armas y derivados: nº de armas por permiso, tipo de arma, adelanto de la edad para poseer licencia,  etc. Siempre el “maldito”  dinero.
Un famoso artículo de opinión de la revista “Trofeo Caza&Conservación”, entre otros comentarios hablaba de “Nefasto Reglamento de Armas”, “Morir matando” y otras lindezas por el estilo. Igualmente se preguntaba el autor, José Ignacio Ñudi, director de la revista, “¿que van a hacer esas personas que tienen mas de ocho rifles de caza mayor, seis escopetas, carabinas del .22, o con las armas semiautomáticas”. ¡Santo Dios!, ¿cuántos cazadores tiene ese arsenal en casa?
En otro ejemplar de Trofeo reciente, revista que adquiero con asiduidad, el columnista Juan Aº Sarasketa, en su columna “Al Salto”, después de felicitarse porque el anterior borrador no haya visto la luz a pesar según sus palabras de que “muchos en este país se empeñan de una u otra forma en acabar soterradamente con la práctica de la caza”, acaba con la siguiente frase: “Para gestionar la Naturaleza es imprescindible el uso de las armas”.
Es increíble, ahora en las facultades de “Ciencias de la Naturaleza”, en las de “Veterinaria”, en las “Escuelas Técnicas de Agrónomos y Montes” y en otras similares será obligatoria una asignatura para el aprendizaje y uso de las armas, ya que estas resultan imprescindibles para la gestión de la Naturaleza.
Señor Sarasketa, la caza existe sin necesidad de que tengamos que usar armas de fuego, y con una sola escopeta, si me apura de un solo caño, se puede ejercitar la caza de forma placentera. La caza moderna no gestiona de por si la Naturaleza, aunque si puede cooperar para ayudarla.      
Es evidente que todos y cada uno de los artículos incorporados al primer borrador del reglamento, tan criticado, influían directamente en la compra y venta de armas. Pero al cazador corriente y moliente, con un par de escopetas para menor y otro par de rifles para mayor, en el mejor de los casos, creo que poco le hubiera importado que el primer borrador se hubiera incorporado a la legislación. La afectación hubiera supuesto, en su mayor complicación,  llevar las escopetas y los rifles semiautomáticos a una armería para que la limitación a dos cartuchos en el cargador fuese no manipulable. Poca inversión, sobre todo para los armeros, cuya mejor entrada es la venta de armas nuevas.
En caso límite de rigurosidad en el Reglamento, los cazadores, me refiero a eso, “los cazadores”,  quizás hubiéramos tenido que volver a cazar con las clásicas paralelas y los rifles de repetición. Y díganme Vds, ¿qué cazador se hubiera molestado con esta disposición? Creo que ninguno, y encima el mundo de la caza hubiera sido mas consecuente con la abundancia de la fauna y la constatación de que “cazar” es una diversión o entretenimiento y no un concurso de tiradores y portadores de “a ver quien lleva el rifle mas moderno y caro a una cacería” y “quién es el que mas y mejores piezas mata”